Patrimonio, es el conjunto de derechos y obligaciones que tiene una persona, valorables en dinero.
Características del patrimonio.
-Conjunto
-Abstracto.
Conjunto.- el patrimonio constituye una noción especialmente de carácter económico, porque existen activos y pasivos y no se toman en cuenta los derechos extrapatrimoniales.
Abstracto.- el patrimonio es una idea abstracta.
A ese conjunto lo llamamos universalidad jurídica al patrimonio.
El patrimonio, constituye un poder jurídico, es decir una “universalidad jurídica” independiente de los elementos que lo integra.
No siempre el patrimonio tiene el signo positivo, pero esto no afecta el concepto de patrimonio.
Universalidad de cosas, tiene lugar cuando tenemos varias cosas naturalmente separados entre sí, para fines económicos o jurídicos, las reunimos en una unidad y generalmente aplicamos un nombre colectivo. Ej. varias ovejas que tenemos separadas y para vender reunimos y lo llamamos rebaños.
Universalidades jurídicas, está en el mundo ideal, abstracto, es el conjunto de derechos y deudas. Ej. la herencia.
Durante la vida de la persona no puede desprenderse del patrimonio, porque es parte de la personalidad; su titular no puede desprenderse de él mientras viva, solamente por causa de muerte se lo transmite a otra persona, por lo general a los herederos.
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Dr. Luís Veintimilla Palacios, Profesor de la Cátedra de Obligaciones y Contratos, U.C.E.
Ab. Oswaldo Angamarca
oswaldoangamarca@hotmail.com