martes, 24 de octubre de 2017

EL PATRIMONIO

Patrimonio, es el conjunto de derechos y obligaciones que tiene una persona, valorables en dinero.

Características del patrimonio.

-Conjunto
-Abstracto.

Conjunto.- el patrimonio constituye una noción especialmente de carácter económico, porque existen activos y pasivos y no se toman en cuenta los derechos extrapatrimoniales.

Abstracto.- el patrimonio es una idea abstracta.

A ese conjunto lo llamamos universalidad jurídica al patrimonio.

El patrimonio, constituye un poder jurídico, es decir una “universalidad jurídica” independiente de los elementos que lo integra.

No siempre el patrimonio tiene el signo positivo, pero esto no afecta el concepto de patrimonio.

Universalidad de cosas, tiene lugar cuando tenemos varias cosas naturalmente separados entre sí, para fines económicos o jurídicos, las reunimos en una unidad y generalmente aplicamos un nombre colectivo. Ej. varias ovejas que tenemos separadas y para vender reunimos y lo llamamos rebaños.

Universalidades jurídicas, está en el mundo ideal, abstracto, es el conjunto de derechos y deudas. Ej. la herencia.

Durante la vida de la persona no puede desprenderse del patrimonio, porque es parte de la personalidad; su titular no puede desprenderse de él mientras viva, solamente por causa de muerte se lo transmite a otra persona, por lo general a los herederos.

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Dr. Luís Veintimilla Palacios, Profesor de la Cátedra de Obligaciones y Contratos, U.C.E.

Ab. Oswaldo Angamarca
oswaldoangamarca@hotmail.com



viernes, 20 de octubre de 2017

LA SOBERANÍA

El término soberanía deriva de la palabra supremus, que quiere decir, lo supremo, lo más alto y superlativo de poder. No hay más alto.

Soberanía.- en un concepto clásico, es la suprema facultad que tiene un estado para auto dirigirse con total independencia de cualquier otro estado.

La soberanía es una e indivisible.

Cuando se practica dentro del estado se la reconoce como supremacía interna y cuando se la practica fuera del estado se le reconoce como independencia externa.

En virtud de la supremacía interna, el estado puede darse el gobierno que quiera, crear las instituciones que desee, organizarse bajo un sistema económico, político cualquiera, decidir sobre su orientación ideológica, política, etc.

Las dos, es decir, la supremacía interna y la independencia externa, son los elementos de la soberanía, de tal manera que la falta de uno de ellos determinaría que el estado no es soberano.

En la actualidad respecto de la supremacía interna, posiblemente nos hayamos retrotraído ya que el Fondo Monetario Internacional, estaría inmiscuyéndose en nuestra economía; quizá en el gobierno de Rafael Correa, podamos decir que la supremacía interna tuvo alguna relevancia; en los gobiernos anteriores a ocurrido una flagrante inmersión a nuestra supremacía interna, basta decir que los Norteamericanos estaban en el país con una base militar en Manta, así las decisiones nos los daban tomando, básicamente en lo económico y político.

En la práctica la Independencia Externa por decir lo menos es irreal, la ONU al conformar los cinco países o estados permanentes del consejo de seguridad y ciento noventa y cinco estados no permanentes, ya existe una consideración desigualitaria; los cinco estados permanentes con derecho a veto, si a uno de ellos no les gusta la decisión de los ciento noventa y cinco estados, simplemente lo rectifican e imponen, finalmente deciden; en lo económico quien realmente manda en los países, es la Organización Mundial del Comercio. 

Podemos manifestar además que a nombre de la soberanía los estados y grupos sociales, han justificado crueles acontecimientos, el surgimiento de movimientos políticos como el partido NAZI en Alemania y la posterior segunda guerra mundial, sangrientas dictaduras en Latinoamérica, políticas de seguridad nacional con fines de persecución y represión, etc.         

Últimamente con el advenimiento del neoconstitucionalismo, se habla de la soberanía de la Constitución, como instrumento jurídico y límite de los poderes.




Ab. Oswaldo Angamarca
oswaldoangamarca@hotmail.com

sábado, 14 de octubre de 2017

INCIDENTE O ACCIDENTE?

El estruendo de una mini explosión, resultó ser la ruptura simultánea de los cristales que se convirtieron en polvo, para ello obviamente el vehículo no pudo encontrarse sobre sus ruedas en una posición vertical ordinaria, sino comenzó a dar vuelcos por la pendiente.

Se preguntarán, ¿Qué se sienten en ese preciso momento? ¿Qué piensa su cerebro en ese instante?, con seguridad estas preguntas solamente podrán ser respondidas por quienes sobrevivieron a estos acontecimientos.

Muy pocas personas sobreviven a un accidente de tránsito de pérdida de pista y volcamiento y con un recorrido de no menos de setenta metros pendiente abajo, con leves raspaduras.

En la mayoría de los casos no podemos escuchar de viva voz las versiones del propio siniestrado, pudiendo hacerlo serán quienes con fidelidad relatarán a detalle el acontecimiento.

Mientras tanto si hubo conocimiento de los funcionarios de tránsito administrativo y jurisdiccional, estarán inmersos en un proceso judicial y si hubo afectaciones a otras personas y/o en perjuicio de bienes públicos, dentro del proceso querrán rehuir a ciertos detalles y lo evitarán; no los justifico ni les reprocho.

Sin embargo, en la diligencia de reconocimiento del lugar del hecho, o en la diligencia de reconstrucción del hecho, el perito es quien determina la causa, secuencia y desenlace del acontecimiento; sin restar mérito al experto pero éste no se encontraba presente en el momento del siniestro, no vivió el acontecimiento, sin embargo concluyen de tal manera que el juzgador se sostendrá de sus informes para fallar en tal o cual sentido; es decir, los hechos pudieron originar y desarrollarse de forma distinta a los supuestos y conclusiones del experto.

Además, en estos accidentes de tránsito, los transeúntes sentencian de diferente orden, diciendo: debió estar borracho para accidentarse; debió quedarse dormido; no sabía conducir; en efecto, quizá estas presunciones fueron las motivaciones de muchos accidentes de tránsito, pero en otros casos no.

Pero si el siniestrado sobrevive, puede exteriorizar y detallar lo acontecido, quien más que él para decirnos lo que sucedió.

En el caso, ¿Qué pasó?

Después de pasar una curva en bajada, cambia de marcha a mayor velocidad, se encuentra con una pequeña rama que parecía ocultar un bache.

Todo coincidió en ese mismo lugar y momento.

No es así, a sus conclusiones,

No es simple el caso;

Hay algo más. 




Ab. Oswaldo Angamarca
oswaldoangamarca@hotmail.com

El Poder

Que es el poder?, es dominación ante obedientes, así lo definía Max Weber. Sin embargo, surge la nueva definición teórica del poder, manda...