Este es un tema que propiamente corresponde a la filosofía del derecho, a través de la axiología o deontología jurídica o estimativa jurídica; en todas las épocas de la historia humana siempre se ha pensado que el derecho persigue ciertos valores éticos, sociales, pero en las diferentes edades de la historia de la humanidad han sido distintos los valores que constituyeron los fines del derecho.
En la época antigua se pensaba que el derecho persigue la justicia.
En la edad media se creía que el fin del derecho era el bien común, este valor integrado con la justicia.
En la edad moderna, sobre todo por la influencia del derecho internacional se consideró que el derecho persigue la realización de varios valores éticos, sociales, entre ellos el orden, la paz, la seguridad, el bien común, la justicia.
El orden.- consiste en que los individuos y las instituciones deben ocupar el lugar y desempeñar las funciones o actividades que a cada cual le corresponde dentro de la organización social.
La paz.- consiste en el estado del público armónico, armonía y tranquilidad de una nación, es el orden interno de una nación y en sus relaciones internacionales.
La seguridad.- es la garantía que tienen los individuos en el sentido de que son personas, sus bienes y sus derechos no serán atacados y de que en caso que fueren víctimas de un ataque serán indemnizados o reconocidos en los daños ocasionados por el ataque.
El bien común.- este equivale al bienestar de la colectividad considera ésta como un todo solidario.
La justicia.- ésta se ha constituido en el fin clásico del derecho, porque desde la antigüedad se aprecia el anhelo de identificar al derecho con el ideal de justicia y eso ocurre también en este momento, al punto que hablamos de la administración de justicia, lo que significa la íntima relación entre estos dos concepto, derecho y justicia.
Se han dado algunas definiciones de justicia, señalamos algunas pocas de ellas:
Para el Jurisconsulto Romano Ulpiano, la justicia es la voluntad constante y perpetua de dar a cada uno lo que es suyo. Esta es la definición de justicia más utilizada en las actividades judiciales.
Para Cicerón, la justicia es un habito del alma observado en el interés común que da a cada cual su dignidad.
Kant, señala que la justicia es la igualdad de libertad.
Si bien la justicia como valor es una sola, en la práctica se señala algunas clases o especies de justicia, entre esas modalidades de justicia están, la justicia general o legal, la justicia conmutativa, la justicia distributiva, la justicia social; hablaré sucintamente cada una de ellas.
Justicia general o legal.- consiste en la cooperación que cada individuo debe dar para el bien común y se la llama a esta especie de justicia, justicia general o legal, porque es la ley la que determina la contribución que cada individuo debe dar para el bienestar colectivo.
Justicia conmutativa.- consiste en la equivalencia entre las prestaciones, es decir en la equivalencia o correspondencia entre la que se da y lo que se recibe, esta modalidad de justicia opera especialmente en el campo del derecho contractual, de modo que habrá justicia en un contrato de compra venta, si es que hay equivalencia entre el precio del bien y la cosa que recibe.
Justicia distributiva.- la justicia distributiva consiste en la proporcionalidad en el reparto de los beneficios y de los cargos entre los integrantes de la sociedad, esta especie de justicia opera especialmente en el campo del derecho tributario, en el que existe un principio que señala que debe tributar o pagar impuestos quienes más tienen.
Justicia social.- consiste en la equitativa distribución de los bienes y de las rentas entre los miembros de la sociedad y en la relación humana entre el trabajo y el capital como factores de la producción, esta clase de justicia se la escucha en las actividades políticas electorales y opera especialmente en el campo del derecho del trabajo o derecho laboral.
Ab. Oswaldo Angamarca
oswaldoangamarca@hotmail.com